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EN EL BICENTENARIO DE LA ESTANCIA DEL REY, LAS CORTES Y EL GOBIERNO EN EL CARPIO (1823) DURANTE EL TRIENIO LIBERAL.

  JULIÁN HURTADO DE MOLINA DELGADO                Cronista oficial de El Carpio Conmemoramos el Bicentenario de la estancia en El Carpio del Rey, las Cortes y el Gobierno de nuestro país en 1823, con motivo de los vaivenes sociopolíticos originados durante el llamado Trienio Liberal a causa de la desafección de Fernando VII al régimen constitucional. Tras la promulgación en Cádiz de la Constitución española de 1812, el regreso en 1814 del infausto monarca Fernando VII provocó la vuelta al absolutismo, hasta que en enero de 1820 el general Rafael de Riego acantonado en ese momento en la población sevillana de Las Cabezas de San Juan proclamó la restauración de dicha Constitución, consiguiendo el apoyo general del país hasta conseguir que meses después Fernando VII se viese obligado en Madrid a acatar y jurar dicho texto constitucional. Comenzó así el Trienio Liberal o Constitucional en el que, restablecida la vigencia de esta norma suprema, las intrigas del ominoso rey y los con

APUNTES PARA LA HISTORIA CARPEÑA EN EL SIGLO XIX: IGNACIO GIL DE SAGREDO, EL PRIMER JUEZ DE EL CARPIO.

  Julián Hurtado de Molina Delgado                                                                                  Cronista oficial de El Carpio.   La promulgación de la primera Constitución española en 1812, trajo consigo una transformación completa de la organización judicial del Antiguo Régimen y la implantación de un nuevo y primigenio sistema judicial en el que se integraban partidos judiciales al frente de los cuales estaban los jueces de primera instancia y en un nivel local los que en cada localidad habían de impartir justicia.        La primera de las normas promulgadas en materia de justicia por las Cortes de Cádiz, incluso en fecha anterior a la promulgación de la Constitución, es el decreto de 6 de agosto de 1811, por el que incorporaban a la Nación los señoríos jurisdiccionales, suprimiendo corregidores, alcaldes mayores y demás empleados señoriales que existían hasta entonces en los pueblos, con la excepción de los ayuntamientos y alcaldes ordinarios, siendo aque

ESTANCIA DE QUEVEDO EN EL CARPIO

    “En Navarra y Aragón      no hay quien   tribute un real,    Cataluña y Portugal    son de la misma opinión;   ¡Solo Castilla y León   y el noble pueblo andaluz   llevan a cuestas la cruz! ” Así se expresa don Francisco de Quevedo y Villegas, el insigne escritor, cuando con evidente realismo, reflejaba la situación económica de la península, a la llegada de Felipe IV al trono, en 1621. Con el nuevo rey, asciende la familia de los Guzmán-Zúñiga y Haro, excluida durante mucho tiempo del círculo más selecto del poder, a causa del predominio de la familia de los Sandoval en el valimiento del anterior monarca Felipe III. El rey es un muchacho de 16 años cuando accede a la titularidad de la más poderosa potencia mundial de la época, inexperto, débil, piadoso, halagado y endiosado por el nuevo valido o primer ministro don Gaspar de Guzmán, Conde de Olivares, principal exponente de la influyente familia ahora encumbrada; y el famoso conde-duque, necesita prepararlo para tal

BODA DEL GRAN CAPITÁN EN EL CARPIO.

                       Desprovista ya de las connotaciones que durante años se le había dado a la figura del Gran Capitán don Gonzalo Fernández de Córdoba, nos aparece ahora en su justa y rigurosa realidad histórica cuando conmemoramos el 550 aniversario de su nacimiento. Con esta visión y teniendo siempre presente la profunda amistad que los Marqueses del Carpio mantenían con los Fernández de Córdoba, que en esa etapa histórica alcanzaba incluso a una alianza político-militar entre ambas Casas, voy a exponer muy brevemente el hecho histórico del matrimonio del Gran Capitán con doña María de Sotomayor, que refuerza esa sólida alianza que unía al entonces Señor de El Carpio, Luis Méndez de Sotomayor, con Alonso de Aguilar, cuñado de dicha María de Sotomayor, su hermana, formando un grupo o partido que se enfrentó en numerosas ocasiones a sus rivales políticos en las frecuentes luchas nobiliarias que en el siglo XV asolaban el reino castellano, y que traería como consecuencia el destie

“LAS GRÚAS”, RENACENTISTAS: NORIAS FLUVIALES DE EL CARPIO

  El Consejo de gobierno de la Junta de Andalucía, acordó la declaración, mediante decreto, de Bien de Interés Cultural, con la categoría de monumento, del complejo hidráulico carpeño tradicionalmente denominado "Las Grúas", considerando la importancia de esta edificación del siglo XVI, quizás la más importante en su género de la provincia de Córdoba, y una de las pocas que quedan en toda la península, construida en la margen izquierda del Guadalquivir para proporcionar agua a los cultivos circundantes. La declaración de BIC, incluyó una zona de protección de 18,6 hectáreas, que abarca tanto las acequias, como las ruinas del antiguo castillo de Alcocer, la Ermita de San Pedro, y otros espacios fundamentales para la adecuada percepción visual del monumento . El propio Decreto de la Junta, describe este edificio, como “Conjunto compuesto de u na construcción principal o edificio de norias, con 3 ruedas hidráulicas, una presa de 120 metros de recorrido dispuesta transversal

LA TORRE DE GARCI-MÉNDEZ: EL USO DE SUS ESTANCIAS A LO LARGO DE LA HISTORIA.

  Al tratar sobre la Villa carpeña, numerosos autores, desde Juan Páez de Valenzuela, que nos relata la estancia de Felipe IV en la población en 1624, hasta los más recientes como Felipe Toledo, José Luis Lope y Mª Ángeles Raya nos describen detalladamente la distribución interior de la torre de Garci-Méndez, siendo de destacar el magnífico estudio del arquitecto Félix Hernández, base de los realizados posteriormente. Por tanto, la razón de este trabajo, no estriba en dar a conocer sus características, de sobra conocidas, sino permitir adentrarnos en el uso que a lo largo de su existencia han tenido sus dependencias interiores, aunque para ello, hemos de realizar una somera descripción de las estancias que la componen. Partiendo de la composición interior de la torre, en dos cuerpos adosados a lo largo de sus 24,75 metros de altura, uno destinado al propio acceso y subida, a través de una escalera que se desarrolla en cómoda rampa peldañeada,   al estilo de la Giralda sevillana, qu